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Autor Tema: EMPLEO  (Leído 191 veces)

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EMPLEO
« en: 25 de Agosto de 2023, 13:20:55 13:20 »
La justicia determina que ver con un solo ojo no es motivo para que una limpiadora no pueda trabajar
Ver por un solo ojo no es motivo suficiente para no poder trabajar como limpiadora, eso opina la justicia que no concede la incapacidad permanente a una trabajadora.

Mujer ejerciendo su trabajo como limpiadora
La justicia determina que ver con un solo ojo no es motivo para que una limpiadora no pueda trabajar Canva
Lucía Rodríguez Ayala
Lucía Rodríguez Ayala |
Actualizado a: 25/08/2023 11:42 CEST
El Tribunal Supremo ha dictaminado que una limpiadora con visión únicamente con uno de los ojos no está incapacitada para ejercer su profesión. Esta trabajadora había causado baja temporal unos años antes, y cuándo solicitó la incapacidad permanente el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) la denegó, hecho que la trabajadora recurrió.

En un informe médico se reconocía que la trabajadora estaba "limitada para actividades que precisen visión binocular, la trabajadora padece además dolencias que le impiden realizar acciones que precisen visión con los dos ojos" y en 2017 el Decanato de los Juzgados de Huelva dictó una sentencia en la que se decía que estaba afecta a incapacidad permanente parcial para el ejercicio de su profesión habitual de limpiadora, derivada de enfermedad común, y que tenía derechos a percibir una indemnización de 12.276,24 euros por el INSS.

Esta sentencia fue recurrida por el INSS ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que revocó la sentencia, quedando por tanto la Seguridad Social absuelta, y la limpiadora sin incapacidad ni indemnización, hecho que la trabajadora terminó recurriendo.

En que se basa el Tribunal Supremo para denegarle la incapacidad
En el recurso de está limpiadora se hace referencia a una sentencia del TSJ de la Comunidad Valenciana en la que se concedió la incapacidad a otra limpiadora por un desprendimiento de retina.

A lo que la magistrada del tribunal hace referencia a que aunque la doctrina de la sala  sobre esta materia, había admitido que la visión monocular fuera determinante del grado de incapacidad permanente parcial en caso de las profesiones de gruista, de abogado y de peón agrícola, y que para determinarlo se habían tenido en cuenta las actividades habituales de esos trabajadores, que nada tienen que ver con las del trabajo de limpiardor/a en la que no se necesita tanta precisión visual.

Con todo esto, se desestima el recurso de la limpiadora, y se declara como firme la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en la que se absuelve al INSS, quedando por tanto dicha trabajadora sin la incapacidad permanente, considerándose apta para ejercer de limpiadora aunque solo tenga visión por uno de los ojos.


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Re:EMPLEO
« Respuesta #1 en: 03 de Septiembre de 2023, 18:50:26 18:50 »
El cambio en los contratos de trabajo que empieza este 1 de septiembre
Desde este 1 de septiembre, cambian los incentivos a la contratación laboral y muchas bonificaciones desaparecen. Las empresas también tienen nuevas obligaciones.

El nuevo permiso laboral que puedes pedir sin preaviso: retribuido y sin tener que recuperar las horas
Incentivos contratación
Desaparecen algunos incentivos y hay nuevos requisitos Envato
Esperanza Murcia
Esperanza Murcia | @esperanzamurcia
Actualizado a: 01/09/2023 12:57 CEST
Los bloqueos de PP y PSOE para formar gobierno ha dejado en el limbo medidas laborales muy importantes como el Estatuto del Becario. Sin embargo, hay otras, aprobadas por el Ministerio de Trabajo antes de las elecciones generales del 23J, que ya estaban aprobadas y que sí seguirán adelante. Es el caso del nuevo sistema de incentivos a la contratación laboral que diseñó la cartera ministerial de Yolanda Díaz y que se han empezado a aplicar desde hoy mismo, 1 de septiembre de 2023.

Los nuevos incentivos fueron aprobados a comienzos de año, el 10 de enero, mediante el Real Decreto-ley 1/2023 que se encuentra publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y el primer cambio importante es que se reducen las bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social que venían aplicándose las empresas. No es que desaparezcan todas, pero prácticamente se han dejado únicamente las dirigidas a la contratación indefinida.

Esto es, la mayoría de incentivos son para la realización de contratos indefinidos “a personas de atención prioritaria”, así como para pasar de determinados contratos temporales a indefinidos. Además, en casi todos los casos se pasa de porcentajes a cantidades fijas, yendo las cuantías desde los 55 hasta los 366 euros mensuales. En concreto, estas son las bonificaciones que se mantienen, aunque con cambios:

Contratación de empleadas del hogar.
Contratación de personas con discapacidad.
Contratos en empresas de inserción a menores de 30 años o de 35 si tienen discapacidad superior al 33%.     
Contratación de personal investigador.
Contratación de sustitución para víctimas de violencia de género o sexual que suspendan su trabajo o pidan movilidad geográfica.
Bonificaciones con cambios o eliminadas
Como se ha explicado, este mes de septiembre desaparecen algunas bonificaciones. Las empresas ya no podrán beneficiarse de los incentivos por la contratación de familiares de hasta segundo grado (excepto a las personas con discapacidad) ni a los trabajadores que han permanecido en la misma empresa los 12 meses anteriores con un contrato indefinido o que hubieran estado seis meses con un contrato temporal o formativo.

También desaparece la bonificación total por los contratos a desempleados que sustituyen a trabajadores por maternidad, adopción y acogimiento. Hasta ahora, los contratos de sustitución por maternidad o paternidad podían ser bonificados al 100% cuando la persona que la empresa contrataba era desempleada. Sin embargo, desde este septiembre, esta bonificación pasa a ser de 336 euros y solo para estos tipos de contratos:

Contratos de duración determinada realizados a personas jóvenes desempleadas, menores de 30 años, para sustituir a trabajadores que están recibiendo prestaciones económicas por riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
Contratos de duración determinada realizados a personas jóvenes desempleadas, menores de 30 años, para sustituir a trabajadores que estén recibiendo prestaciones económicas por nacimiento y cuidado del menor.
En otras palabras, ahora los contratos de sustitución solo serán bonificados si se hacen a jóvenes desempleados, cuando antes no importaba la edad, solo que se estuviera en situación de desempleo.

Principales bonificaciones que entran nuevas
Al contrario, el Real Decreto-ley 1/2023 recoge nuevas bonificaciones que se podrán aplicar por primera vez desde este septiembre. Estas son las principales:

Bonificación por la contratación indefinida a jóvenes con baja cualificación inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil: 275 euros durante 3 años.
Bonificación por la contratación indefinida o incorporación como persona socia en la cooperativa o sociedad laboral de personas en prácticas: 138 euros al mes, durante 3 años, o durante todo el contrato si se trata de una persona con discapacidad.
Bonificación por la transformación en contratos fijos discontinuos de contratos temporales realizados a personas inscritas en el Sistema especial agrario por cuenta ajena: bonificación en la cotización de 55 euros al mes para los hombres y de 73 euros mensuales para las mujeres, que se puede disfrutar durante 3 años.
Asimismo, también se recogen incentivos para los llamados “colectivos vulnerables”, como son los siguientes:

Contratación indefinida de personas con capacidad intelectual límite.
Contratación indefinida por readmisión de una persona cesada por incapacidad permanente.
Contratación indefinida de víctimas de violencia de género, sexual, trata, explotación laboral o prostitución.
Contratación indefinida de personas en riesgo de exclusión social.
Contratación indefinida de personas desempleadas de larga duración, inscritas como demandantes de empleo durante al menos 12 meses.
El sindicato USO ha publicado la lista completa en su web, mientras que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) también ha publicado las principales novedades. En este sentido, es importante señalar que se incentivan los contratos vinculados a la conciliación durante toda su duración y se elevan hasta el 75% las bonificaciones a la contratación indefinida en Ceuta y Melilla.

También importante es la penalización a los contratos a tiempo parcial. Las cuantías de las bonificaciones se reducen proporcionalmente según la jornada y no se incentivarán los contratos parciales inferiores al 50% de la jornada a tiempo completo, a excepción de los casos de permisos por conciliación.

Requisitos obligatorios para las empresas
El último cambio importante es que la ley impone requisitos a las empresas que deben cumplir obligatoriamente. De no hacerlo, tendrían que devolver las bonificaciones de las que se han beneficiado de forma íntegra. Estos son sus deberes:

Mantener en situación de alta o asimilada en la Seguridad Social al trabajador contratado durante al menos 3 años desde que se inició el contrato incentivado.
Estar al corriente con los pagos de impuestos y la Seguridad Social.
No haber sido inhabilitado para la obtención de subvenciones y ayudas públicas.
Disponer de un plan de igualdad en los casos obligatorios.
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Re:EMPLEO
« Respuesta #2 en: 03 de Septiembre de 2023, 18:53:01 18:53 »
Buscan a 40 teleoperadores: contrato fijo de lunes a viernes y 1.400 euros de sueldo más pluses
La empresa de energía solar Eltex necesita contratar a 40 teleoperadores. Ofrece contrato indefinido, jornada de lunes a viernes y 1.400 euros de sueldo más comisiones.

Empleo Teleoperadores
Eltex tiene 40 vacantes para teleoperadores Envato
Esperanza Murcia
Esperanza Murcia | @esperanzamurcia
Actualizado a: 01/09/2023 16:13 CEST
Eltex, una empresa del sector de la energía solar, necesita contratar a 40 teleoperadores para ampliar su equipo de ‘call agents’, según las últimas ofertas de empleo disponibles. Estos pasarán a formar parte del departamento comercial situado en sus oficinas de Barcelona, con la intención de ayudar en los planes de expansión de la compañía y ofrecer un “excelente servicio de atención al cliente”.

Lo harían con un contrato indefinido a jornada completa, por lo que se conseguiría empleo fijo en una empresa en pleno crecimiento (en solo 2 años, han mantenido una plantilla de 80 empleados). Aunque, para ello, es necesario cumplir unos requisitos:

Experiencia previa de al menos dos años en teleconcertación de visitas.
Habilidad “en el trato amable y efectivo con clientes, junto con una actitud perseverante”. Fluidez en los idiomas catalán y castellano.
Amplio dominio del paquete Office, incluyendo herramientas como Google Maps y Google Earth.
De reunir estos requisitos, las condiciones laborales son atractivas. Se trabajaría de lunes a viernes, librando todos los fines de semana, en el siguiente horario: de lunes a jueves de 10:00 a 19:00 o de 11:00 a 20:00, y los viernes de 9:00 a 15:00 horas. El salario a recibir sería de 1.400 euros bruto mensuales, a lo que se sumaría un paquete retributivo de comisiones.

Funciones, formación y cómo inscribirse
Desde Eltex explican que las 40 vacantes que ofertan para teleoperadores son con contrato indefinido, pero es necesario superar un periodo de prueba de 45 días. Asimismo, explican que las personas seleccionadas realizarán una formación remunerada durante los primeros 5 días, del mismo modo que contarán con sesiones semanales de actualización sobre novedades en el campo fotovoltaico, actividad económica de la compañía.

Sobre las funciones, el objetivo principal de los Call agents es realizar llamadas diarias para presentar a la empresa “como la compañía de referencia en instalación de paneles solares”. Son los responsables de captar clientes y concertar visitas comerciales, colaborando estrechamente con el equipo de asesores especializados que se encargan del proceso de la venta. Esta misión incluye “el seguimiento de los prospectos, brindar soporte en la gestión de la agenda del equipo comercial y ofrecer el primer asesoramiento técnico para asegurar la viabilidad de las instalaciones solares”.

En caso de encajar con el puesto de trabajo, y estar interesado en trabajar en Eltex, se debe enviar el currículum a la dirección de correo electrónico “recursoshumanos@eltex.es”. La compañía, como apunte final, fue fundada en 2021 y está especializada en la instalación de energía solar en particulares (80%) y empresas (20%), siendo este uno de los sectores con más previsión de crecimiento.
CAPARRA

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Re:EMPLEO
« Respuesta #3 en: 21 de Octubre de 2023, 09:31:02 09:31 »
El cambio en los contratos de trabajo que empieza este 1 de septiembre
Desde este 1 de septiembre, cambian los incentivos a la contratación laboral y muchas bonificaciones desaparecen. Las empresas también tienen nuevas obligaciones.

El nuevo permiso laboral que puedes pedir sin preaviso: retribuido y sin tener que recuperar las horas
Incentivos contratación
Desaparecen algunos incentivos y hay nuevos requisitos Envato
Esperanza Murcia
Esperanza Murcia | @esperanzamurcia
Actualizado a: 01/09/2023 12:57 CEST
Los bloqueos de PP y PSOE para formar gobierno ha dejado en el limbo medidas laborales muy importantes como el Estatuto del Becario. Sin embargo, hay otras, aprobadas por el Ministerio de Trabajo antes de las elecciones generales del 23J, que ya estaban aprobadas y que sí seguirán adelante. Es el caso del nuevo sistema de incentivos a la contratación laboral que diseñó la cartera ministerial de Yolanda Díaz y que se han empezado a aplicar desde hoy mismo, 1 de septiembre de 2023.

Los nuevos incentivos fueron aprobados a comienzos de año, el 10 de enero, mediante el Real Decreto-ley 1/2023 que se encuentra publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y el primer cambio importante es que se reducen las bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social que venían aplicándose las empresas. No es que desaparezcan todas, pero prácticamente se han dejado únicamente las dirigidas a la contratación indefinida.

Esto es, la mayoría de incentivos son para la realización de contratos indefinidos “a personas de atención prioritaria”, así como para pasar de determinados contratos temporales a indefinidos. Además, en casi todos los casos se pasa de porcentajes a cantidades fijas, yendo las cuantías desde los 55 hasta los 366 euros mensuales. En concreto, estas son las bonificaciones que se mantienen, aunque con cambios:

Contratación de empleadas del hogar.
Contratación de personas con discapacidad.
Contratos en empresas de inserción a menores de 30 años o de 35 si tienen discapacidad superior al 33%.     
Contratación de personal investigador.
Contratación de sustitución para víctimas de violencia de género o sexual que suspendan su trabajo o pidan movilidad geográfica.
Bonificaciones con cambios o eliminadas
Como se ha explicado, este mes de septiembre desaparecen algunas bonificaciones. Las empresas ya no podrán beneficiarse de los incentivos por la contratación de familiares de hasta segundo grado (excepto a las personas con discapacidad) ni a los trabajadores que han permanecido en la misma empresa los 12 meses anteriores con un contrato indefinido o que hubieran estado seis meses con un contrato temporal o formativo.

También desaparece la bonificación total por los contratos a desempleados que sustituyen a trabajadores por maternidad, adopción y acogimiento. Hasta ahora, los contratos de sustitución por maternidad o paternidad podían ser bonificados al 100% cuando la persona que la empresa contrataba era desempleada. Sin embargo, desde este septiembre, esta bonificación pasa a ser de 336 euros y solo para estos tipos de contratos:

Contratos de duración determinada realizados a personas jóvenes desempleadas, menores de 30 años, para sustituir a trabajadores que están recibiendo prestaciones económicas por riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
Contratos de duración determinada realizados a personas jóvenes desempleadas, menores de 30 años, para sustituir a trabajadores que estén recibiendo prestaciones económicas por nacimiento y cuidado del menor.
En otras palabras, ahora los contratos de sustitución solo serán bonificados si se hacen a jóvenes desempleados, cuando antes no importaba la edad, solo que se estuviera en situación de desempleo.

Principales bonificaciones que entran nuevas
Al contrario, el Real Decreto-ley 1/2023 recoge nuevas bonificaciones que se podrán aplicar por primera vez desde este septiembre. Estas son las principales:

Bonificación por la contratación indefinida a jóvenes con baja cualificación inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil: 275 euros durante 3 años.
Bonificación por la contratación indefinida o incorporación como persona socia en la cooperativa o sociedad laboral de personas en prácticas: 138 euros al mes, durante 3 años, o durante todo el contrato si se trata de una persona con discapacidad.
Bonificación por la transformación en contratos fijos discontinuos de contratos temporales realizados a personas inscritas en el Sistema especial agrario por cuenta ajena: bonificación en la cotización de 55 euros al mes para los hombres y de 73 euros mensuales para las mujeres, que se puede disfrutar durante 3 años.
Asimismo, también se recogen incentivos para los llamados “colectivos vulnerables”, como son los siguientes:

Contratación indefinida de personas con capacidad intelectual límite.
Contratación indefinida por readmisión de una persona cesada por incapacidad permanente.
Contratación indefinida de víctimas de violencia de género, sexual, trata, explotación laboral o prostitución.
Contratación indefinida de personas en riesgo de exclusión social.
Contratación indefinida de personas desempleadas de larga duración, inscritas como demandantes de empleo durante al menos 12 meses.
El sindicato USO ha publicado la lista completa en su web, mientras que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) también ha publicado las principales novedades. En este sentido, es importante señalar que se incentivan los contratos vinculados a la conciliación durante toda su duración y se elevan hasta el 75% las bonificaciones a la contratación indefinida en Ceuta y Melilla.

También importante es la penalización a los contratos a tiempo parcial. Las cuantías de las bonificaciones se reducen proporcionalmente según la jornada y no se incentivarán los contratos parciales inferiores al 50% de la jornada a tiempo completo, a excepción de los casos de permisos por conciliación.

Requisitos obligatorios para las empresas
El último cambio importante es que la ley impone requisitos a las empresas que deben cumplir obligatoriamente. De no hacerlo, tendrían que devolver las bonificaciones de las que se han beneficiado de forma íntegra. Estos son sus deberes:

Mantener en situación de alta o asimilada en la Seguridad Social al trabajador contratado durante al menos 3 años desde que se inició el contrato incentivado.
Estar al corriente con los pagos de impuestos y la Seguridad Social.
No haber sido inhabilitado para la obtención de subvenciones y ayudas públicas.
Disponer de un plan de igualdad en los casos obligatorios.


No conocía esos cambios, aunque en el ámbito laboral hoy en día cambian legislación cada dos por tres

 


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